Una nueva ley en Colombia pondría ‘tatequieto’ a las fotomultas, de cara a las irregularidades que se presentan en su sistema
De las 990 cámaras que hay en Colombia, 504 no tienen autorización vigente. Es decir, solo 486 son legales
De las 133 cámaras que hay en Medellín, 82 perdieron su permiso
Los fotocomparendos son una tortura de miles de conductores. De hecho, solo en Bogotá se impusieron más de 90.000 multas de este tipo en el primer trimestre de 2025, según datos de la Secretaría de Movilidad.
Pero lo que la mayor parte de conductores desconoce es que para que un fotocomparendo sea legal, la cámara que capta la multa debe cumplir ciertos requisitos y debe estar autorizada por el Ministerio de Transporte.

Las cifras indican que en Colombia más de la mitad de estos dispositivos no tienen autorización de operar, lo que significa que las multas son ilegales.
La norma dice que cada cinco años el ente territorial debe renovar las autorizaciones para el uso y manejo de las cámaras de fotomultas.
De acuerdo con la Agencia Nacional de Seguridad Vial, cada cámara debe tener un permiso específico que señale su ubicación, infracciones que detecta y sus condiciones técnicas, pero al revisar cifras, de las 990 cámaras que hay en Colombia, 504 no tienen autorización vigente. Es decir, solo 486 son legales.
Resulta que, cada cinco años, se deben renovar las autorizaciones para el uso y manejo de las cámaras de fotomultas.
Por lo tanto, las autoridades de tránsito deben garantizar que se cumpla dicho requisito, pero en el caso de no hacerlo, su operación sería ilegal.
Ante este panorama, el apagón de esos sistemas sería inminente y afectaría a ciudades como Bogotá, Medellín y Cali, en donde la ANSV destacó que no es legal imponer comparendos si el equipo no tiene autorización.
Bogotá: tiene 168 cámaras, pero solo 39 están autorizadas.- Medellín: de 133 cámaras, 82 perdieron su permiso.
- Cali: con 126 cámaras instaladas, 42 no tienen aval para funcionar.
- Cundinamarca: de 29 cámaras, 14 no tienen permiso actualizado.
- Antioquia: tiene 186 cámaras, de las cuales 96 no tienen permiso vigente.
Fotomultas ilegales: cómo defenderse y lo que dice la nueva ley
En este caso, la situación es muy sencilla, pues en Colombia solamente pueden imponer sanciones las cámaras de fotodetección que tienen autorización del Ministerio de Transporte.
Si la cámara no tiene autorización, sus multas no están en un plano jurídico, por lo que puede pedir que se eliminen. Es una multa totalmente ilegal.
Por lo tanto, si quiere impugnar la fotomulta, el conductor debe presentar un derecho de petición en donde solicite una copia del acto administrativo en el cual la cámara tiene autorización, así como los certificados de mantenimiento y calibración vigentes.
‘Tatequieto’ a las fotomultas
Una nueva ley en Colombia pondría ‘tatequieto’ a las fotomultas, de cara a las irregularidades que se presentan en su sistema. La iniciativa, que ya fue aprobada en el primer debate del Senado y es promovida por el senador Julio Elías Vidal, indica que las sanciones por infracciones tomadas por herramientas electrónicas solo se pueden imponer si se identifica claramente al conductor.
Esto se alinea con la sentencia C-038 de 2020 de la Corte Constitucional. Si hay dudas sobre quién cometió la infracción, no se podrá aplicar la multa. Además, las autoridades tendrán tres días hábiles para notificar, y los infractores contarán con 20 días para presentar sus descargos.



